UGT desconvocó este viernes los paros parciales previstos durante la Semana Santa, del 28 de marzo al 2 de abril, en las autopistas AP-6, AP-61, AP-51 (Castellana de Autopistas), que conforman el conglomerado de vías de peaje desde Madrid a Ávila y Segovia, así como en la AP-71 (Aulesa), que une León y Astorga. El anuncio llega después de que el sindicato alcanzara un acuerdo con Abertis para continuar con las negociaciones mediante unos mínimos en garantía de empleo, salario, beneficios sociales y vigencia.
El sindicato anunció el pasado 14 de marzo por paros en las autopistas del grupo Abertis por el bloqueo del convenio colectivo, tras 17 meses sin avanzar en un acuerdo. También, denunció la “incertidumbre empresarial”, con el futuro del 70 por ciento de los 1.700 trabajadores de Abertis en España “en el aire”, ya que concluye la concesión de algunas vías del grupo. Las dos empresas que gestionan estas vías en la Comunidad son filiales de Abertis.
UGT aseguró que la dirección de las empresas de Grupo Abertis garantiza que la reorganización del trabajo por causas de innovaciones tecnológicas, económicas, técnicas, organizativas o de producción no será motivo de baja en la empresa, individual o colectiva, con carácter forzoso.
Además, un comunicado del sindicato precisó que en el supuesto de que las empresas plantearán medidas que supongan extinciones colectivas o individuales de contratos de trabajo se aplicará la indemnización legal máxima por despido improcedente establecida en la legislación vigente a la firma del presente convenio.
El principio de acuerdo con la empresa rechaza la externalización mediante subcontratación de obras y servicios las actividades de vialidad y peaje. En caso de ocurrir, las compañías se deberán reubicar a los trabajadores afectados en cualquiera de las empresas del ámbito de aplicación del presente convenio en un puesto acorde a la formación y a las aptitudes de los mismos, respetando las condiciones económicas que viniesen disfrutando.
En cuanto a las condiciones salariales, habrá un incremento consolidable en 2017 del 1,1 por ciento y otro no consolidable, a través de una paga lineal de 500 euros brutos. Para 2018 y 2019, habrá un incremento consolidable del 55 por ciento del IPC y otro no consolidable del 10 por ciento del porcentaje de variación, en caso de ser positivo, del Ebitda de la unidad de negocio.
También se contemplan beneficios sociales como ayuda a estudios (300.000 euros para el conjunto de las empresas), ayuda para personas con discapacidad (35.000 por año), préstamos importe máximo de 15.000 euros) y calendario anual, entre otros.