Luego de tres años y medio de silencio, en realidad nada menos que 1206 días, procedemos a dar lectura al siguiente y detallado Comunicado.
Más de tres años largos de investigación minuciosa, de expedientes de contratos administrativos municipales y de conversaciones telefónicas, han finalizado tras constatarse, desde la Fiscalía y desde el Juzgado nº 2 de Astorga, que no hay pruebas, ni indicios de delito alguno, sobre los hechos investigados; finalmente, la Justicia ha declarado nuestra inocencia de todos los cargos por los que se nos investigaba. Por esta razón comparecemos hoy aquí, cuatro ciudadanos, que abandonaron la vida política y regresaron a sus vidas y profesiones; ciudadanos que hoy se sienten liberados de un peso que nos fue impuesto injustamente. Comparecemos, hoy aquí, tras el auto de archivo definitivo que cierra este procedimiento y que acredita nuestra total inocencia. Sin haber llegado nunca, siquiera, a juicio.
Hay que señalar que este archivo definitivo y declaración de nuestra inocencia, se ha hecho sin que, ni el ministerio fiscal, ni la acusación política de IU, ni de ninguna de las partes afectadas, haya recurrido el auto de archivo de la Sra. Jueza, lo que acredita la contundencia del mismo y la injustica cometida durante más de tres años y medio contra nuestras personas.
Astorga es el primer Ayuntamiento (de toda esta amplia investigación a otros muchos Ayuntamientos de toda España) al que se la ha archivado su expediente, acreditando la inocencia y limpieza de todas las autoridades y cargos investigados.
Como todos Ustedes recuerdan, tras tres años de gobierno municipal en la mañana del martes 3 de julio del 2018, el Grupo II de Delincuencia Económica y Blanqueo de Capitales (UDEF) de la Jefatura Superior de Policía de Cataluña llegó a Astorga, ignoro si con buen viento de levante, a fin de proceder al registro del Ayuntamiento de Astorga y a la comparecencia en el Juzgado nº 2 de la Ciudad del que les habla, con mis compañeros de gobierno municipal; comparecencia que la, por entonces Señora Jueza, consideró oportuno, con la ley en la mano, que la hiciéramos en la condición de detenidos al día siguiente 4 de julio, pues el día de autos, al parecer, no tuvo tiempo de tomarnos declaración.
Tras aquellos días, y los tres años y medio que le ha llevado a la Justicia hallar la verdad y declarar nuestra inocencia, les confieso, como ciudadano de a pie, que me cuesta, tras nuestra experiencia personal, calibrar qué es el habeas corpus y si de forma efectiva es un concepto práctico o teórico.
Toda esta situación vivida, o padecida, me ha llevado, asimismo, a la reflexión personal de que ser Alcalde y Concejal en España, a lo menos en Astorga, significa que, a personas de una conducta probada de honradez de años de trabajo, en y para su Ciudad, se les pueda detener, como a vulgares delincuentes o terroristas, en un despliegue de medios, en un martes de mercado, a mi humilde parecer, medido y cronometrado para salir a tiempo en los telediarios nacionales de las tres de la tarde. Pero se dice que la Justicia ha de ser ciega; como ciudadano he podido comprobar que la ceguera, a veces, no deja ver la verdad hasta pasado mucho tiempo, demasiado.
Por cierto, ni yo ni mis compañeros sabemos aún, a día de hoy, el nombre del responsable policial que instruyó la investigación (firmada con un simple garabato sin nombre) y un atestado de acusación plagado, en palabras del juzgado de Astorga, de hechos sesgados, además de utilizar, para acusarnos, una ley de contratos que no estaba vigente. Sin duda la policía puede cometer errores, pero esos errores llevaron a la detención de cuatro magistrados municipales elegidos por el pueblo, de cuatro ciudadanos que no habían cometido delito alguno.
Existen profesiones (medico, arquitecto, contable, profesor, constructor, etc) donde si se comete un error de tal naturaleza se responde ante la justicia por el daño causado. ¿Podemos nosotros esperar una disculpa, un expediente disciplinario o una reparación de quienes cometieron un error de tal naturaleza con nosotros?
Deseo con sinceridad que la Señora Magistrada, que fue titular del juzgado nº 2 de Astorga en aquellos días, tenga una fructífera carrera y que lo vivido con nuestro expediente le permita, en futuras ocasiones, ponderar, con la ley en la mano, las medidas a interponer.
Al señor Inspector de la UDEF, y a sus superiores, no les digo nada; creo que el auto de archivo dictado por su Señoría es bastante ilustrativo de su proceder.
Dicho error, porque vamos a pensar que fue un error, abrió el camino a que se nos calumniase, se nos condenase de antemano y se mintiera sobre nosotros en algunos medios de comunicación (sin consecuencia alguna para los que mienten y calumnian, pues la libertad de prensa todo lo aguanta, y porque como bien nos dejaron claro nuestros abogados desde un principio, los ciudadanos que servimos a nuestros vecinos como políticos no tenemos derecho al honor, pues prevalece siempre el derecho a la información, a ese tipo de información). Para todos ellos la cita de don Camilo José Cela en los Premios Príncipe de Asturias de 1987… “En España el que resiste gana”.
Hablamos de un error y una actuación desmesurada hacia nuestras personas por parte de la investigación, que dio comienzo con un empresario, al que muchos de los accionistas de un periódico local pusieron en su presidencia, con grave daño para la imagen del periódico y perjuicio a sus trabajadores, y que en sus mismas palabras al juez declaró ser un mentiroso patológico.
Hace 20 meses, el 20 de diciembre de 2019, el sr Fiscal del caso, tras estudiar toda la documentación y las famosas conversaciones telefónicas, pidió el sobreseimiento de la investigación y su archivo al no ver en todo el sumario prueba de ningún delito. Sin embargo la investigación no se archivó debido a que sufrimos una acusación particular y política de IU en Astorga que hizo posible mantener abierta, sine die, la investigación, y ello a pesar de que su propio portavoz, el actual teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Astorga, fue puesto también en investigación inicialmente. Un Teniente de Alcalde que pasará a la historia por cobrar el sueldo más alto de toda la historia del municipalismo astorgano. Para él mucha suerte, aunque, sin duda, su suerte no es la de Astorga, como bien se está demostrando.
Al resto de partidos políticos que utilizaron en campaña como única baza nuestra situación, solo decirles, que la mentira tiene los pies muy cortos y que será, a partir de hoy, más que nunca, cuando los vecinos de Astorga les juzguen por lo que dijeron, y por lo que hicieron y hoy hacen.

Creemos que la mejor forma de expresar lo ocurrido es dar lectura de forma literal a parte de las conclusiones que Su Señoría, la nueva Magistrada Juez del Juzgado de 1ª instancia e instrucción nº 2 de Astorga y su partido judicial (tras el paso de varios jueces sustitutos por Astorga) hizo públicas el 30 de agosto del presente año de 2021; conclusiones en que certifica nuestra inocencia, y que fueron declaradas definitivas el 17 de septiembre:
“—Delito de Prevaricación administrativa.- sanciona a la autoridad o funcionario público que dicta sabiendo de su injusticia, una resolución arbitraria en un asunto administrativo:
Y dice textualmente la Señora Jueza, abro comillas:
“ No consta en las presentes actuaciones, en atención a la declaraciones de los investigados, ni a la documental existentes, se haya producido tal delito, en cuanto y como en concreto el Secretario del Ayuntamiento de esta localidad, indicó, la normativa vigente en la fecha en que se investigaron los hechos que dio lugar a la intervención y registro judicial, era, en contra de lo considerado por la Policía -en su amplio atestado-, la ley de contratos del Sector Público del año 2011 y no la del 2017 que indican los agentes… evidenciándose de lo actuado que ambos ayuntamientos, alcaldes y funcionarios, actuaron siempre conforme a la Ley del 2011, por ser la que estaba en vigor, por lo que difícilmente se puede concluir el haberse cometido ciertas irregularidades administrativas que se mencionan por los agentes, cuando tal legislación no les era aplicable… siendo muy de destacar que ninguna de las adjudicaciones aquí debatidas fueron recurridas en vía administrativa por la oposición en el gobierno, ni por nadie. Luego no puede hablarse de un delito de prevaricación al no existir ninguna resolución dictada por funcionarios y/o autoridades locales, injusta, ni arbitraria”
—Delito de Falsedad Documental– Sanciona a la autoridad o funcionario público que en el ejercicio de sus funciones altera un documento en alguno de sus elementos o requisitos esenciales…
Y dice textualmente la Señora Jueza, abro comillas:
“Sin que de lo actuado conste la comisión de tal delito por ninguna de las autoridades o funcionaros aquí investigados, al no constar que las resoluciones dictadas por los mismos en ninguno de las dos ayuntamientos no sean ciertas, al no existir providencias, resoluciones, informes, actas que no se ajusten a la realidad y veracidad en su contenido, en los intervinientes, en su dictado y firma, nada permite apreciar en su actuar, adopciones de resoluciones faltos a la verdad, ni alterados en forma alguna.”
—Delito de Tráfico de Influencias– condena a aquella autoridad o funcionario público que influye en otro funcionario o autoridad para obtener una resolución que le pueda generar beneficio económico a él o a un tercero.
Y dice textualmente la Señora Jueza, abro comillas:
“Nada se ha acreditado al respecto, en cuanto ningún funcionario público ni autoridad ha sido influenciado por un particular en las actuaciones enjuiciadas…
Y si bien se indica por la policía que pudiera haberse intentado beneficiar a AGEMA por la concesión de tales contratos no es así, pues como se ha indicado la recogida de datos y conversaciones de la policía es sesgada y parcial de la que no se infiere la comisión de delito alguno, y una visión completa en el actuar de, cuanto menos, la legislatura del equipo de gobierno afectado (aunque algunas obras tienen su origen en el anterior equipo de gobierno), acredita que de las 63 obras que hizo el Ayuntamiento de Astorga, sólo 4 se dieron a la misma, si bien y además sólo ejecutó tres, pues una además le fue anulada por una demora en la ejecución de la misma”
—Delito de Revelación de Secretos– Autoridad o funcionario público que revele secretos o informaciones de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o cargo y que no deban ser divulgados…
Y dice textualmente la Señora Jueza, abro comillas:
“Sin apreciarse tampoco tal ilícito (delito) en cuando no consta que en ninguno de las entidades, sus alcaldes o funcionarios, hayan revelado secretos o información que tuvieran y no pudiera divulgarse, ni en este caso, que las empresas los hayan obtenido, aprovechándose de ellos”
—Delito de Fraude a la Administración Pública.- autoridad o funcionario público que en cualquier acto de contratación pública se concierte con los interesados o use cualquier artificio para defraudar a cualquier ente público del estado, provincia o municipio.
Y dice textualmente la Señora Jueza, abro comillas:
“Delito que no ha existido en este supuesto…ninguna intervención consta realizada para defraudar ni al ayuntamiento ni a ninguna otra entidad pública… todas las obras, actuaciones, memorias o proyectos, se abonaron porque se hicieron y las empresas cobraron por lo realizado… luego ningún fraude se ha causado a los ayuntamientos investigados, ni por sus funcionarios y demás autoridades”
— Delito de Malversación de Caudales Públicos– Administración desleal y apropiación indebida sobre el patrimonio público…
Y dice textualmente la Señora Jueza, abro comillas:
“En este supuesto tampoco se aprecia delito alguno, en cuanto las disposiciones económicas efectuada por las entidades investigadas (Ayuntamiento de Astorga y empresas) han sido para el pago de las obras o trabajos efectivamente realizados, no constando que hayan dispuesto de más cantidades con otros fines lucrativos o de cualquier otro tipo, propios ni ajenos… Todos los empresarios o demás profesionales que figuran como investigados han indicado que cobraron las obras u otras actuaciones o encargos, adjudicadas y realizadas, sin recibir nada más en concepto alguno diferente a su trabajo hecho.
— Delito de Cohecho– Condena a la autoridad o funcionario público que, en provecho propio o de un tercero, recibe o solicita por sí o por persona interpuesta, dádiva, favor o retribución de cualquier clase…
Y dice textualmente la Señora Jueza, abro comillas:
“…Nadie dio, ni recibió, cantidad alguna, ni obsequios, ni ventajas, ni favores o concesiones de cualquier índole…ni los funcionarios de las entidades, ni los concejales, ni los alcaldes, ni los empresarios.”
Conclusión:
Y dice textualmente la Señora Jueza, abro comillas:
“Por lo tanto y en atención a todo lo expuesto, y analizadas las prueba ya referidas (contenido de las intervenciones telefónicas y lo hallado en los registros practicados, expedientes administrativos de los contratos públicos realizados, informes de la Policía Judicial, testimonio de las actuaciones seguidas ante el Juzgado de Instrucción nº 2 de Badalona y el Juzgado de Instrucción nº 1 de León, las testificales y las declaraciones de los investigados practicadas), procede el sobreseimiento de las presentes diligencias previas y su archivo provisional en cuanto no se considera de lo actuado, razones ni indicios… para estimar justificada la comisión de los delitos origen de las mismas, ni de otros posibles, cometidos en el actuar tanto de los alcaldes de los Ayuntamientos de Astorga, ni del Ayuntamiento de Villarejo de Órbigo, como de los funcionarios públicos de tales entidades, de los concejales y de los empresarios de diferente índole, no precisando la práctica de más diligencias de investigación.”
Como ya hemos apuntado, el 17 de septiembre, tras el plazo legal de presentación de recursos, se produjo el archivo definitivo y firme de todo el auto:
Nadie recurrió este auto de archivo.
Tras tres años y medio de exhaustiva, y con lupa, investigación de la documentación municipal, de testimonios y conversaciones telefónicas, la Señora Jueza archiva esta investigación. Una investigación que ni siquiera ha llegado a Juicio (como si ha sucedido con algún otro Alcalde próximo que ha necesitado de juicio para demostrar su inocencia), una investigación que tras tres años y medio se ha archivado; investigación en la que la Fiscalía ha estado pidiendo durante 20 meses, y hasta en cinco ocasiones y por escrito, que se archive; investigación que ha finalizado con su archivo, sin que nadie haya recurrido dicho auto.
Se nos ha declarado inocentes de todos los delitos por los que se nos puso en investigación, por los que se nos detuvo y se nos retuvo, por los que se intentó manchar nuestro honor, nuestra conducta púbica e intachable de años al servicio de esta ciudad y de sus vecinos, por los que se filtró y publicó, en varios medios de comunicación, abiertamente, un sumario declarado secreto, por los que se nos juzgó de antemano, se nos calumnió e insultó, públicamente e, incluso, con anónimos publicados sin firma, bajo seudónimo, en algún medio local; sumario secreto del que se publicaron conversaciones privadas con nuestros familiares, delitos infundados por los que, en suma se infringió, a nuestro parecer, nuestro derecho a la presunción de inocencia, y a la limpieza de nuestro buen nombre; nombre que algunos desde la política municipal y desde algún medio de comunicación intentaron manchar…
Todas esas acusaciones demostraron ser falsas, y todos los que las vertieron, la justicia ha demostrado y manifestado que mintieron… ¿y ahora? ¿Quién repara el daño causado?…
Nosotros seguiremos con nuestras vidas personales y profesionales, pues a nadie debemos nada (salvo a nuestras familias); aunque, quizás, otras personas hoy sepan que tienen una deuda con nosotros.
El tiempo y la verdad han demostrado que hicimos lo correcto cuando no dimitimos, ni yo, ni mi Teniente de Alcalde, ni ninguno de mis Concejales afectados. Pese a algunos, completamos la legislatura, finalizando nuestro mandato, con trabajo, mucho trabajo para Astorga y sus vecinos; los hechos están ahí.
Hay que decir muy alto que Ningún Ayuntamiento, Ninguna Ciudad, Ninguna Ley, Ninguna Magistratura y mucho menos ningún partido político, valen más, ni están por encima, del buen nombre del último de sus vecinos y ciudadanos, ninguna…
Para todos aquellos (con nombres y apellidos) que desde la política y desde algún medio de comunicación nos juzgaron y condenaron de partida, intentando, infructuosamente, bajo el amparo de la ley, manchar y calumniar nuestros nombres, como Alcalde de Astorga que fui, mi más sincero, generoso y duradero desprecio.
Y a todos los que confiaron en nosotros, a nuestras familias, a nuestros abogados y procurador, a los periodistas honestos (ellos saben quienes son), al Señor Fiscal que hace ya veinte meses nos exoneró, a la actual Señora Jueza que ha hecho su trabajo y nos ha hecho justicia, y a los miembros del cuerpo de Policía Nacional de Astorga que, en aquellas horas de ignominia (y hoy se ha demostrado, que de mentira) supieron, con la ley en la mano, tratarnos con el respeto que nuestras personas y cargos merecían, Gracias.
Hoy más que nunca, seguiremos trabajando para que Astorga vuelva a tener un gobierno municipal honorable.
He seguido la cronología de este caso y al menos en lo que a presunción de inocencia se refiere, este medio ha sido escrupulosamente respetuoso