Haciendo una valoración y análisis, de la realidad de nuestra ciudad referente al servicio de alumbrado público, y la eficiencia energética de nuestros edificios públicos, nos encontramos con una realidad, y es que en ningún caso se cumple con la exigencia derivada de la Directiva2002/91/CE, de 16 de diciembre, y directiva 2010/31/UE, de 19 de mayo, relativa a la eficiencia energética de los edificios, ambas directivas se transponen parcialmente al ordenamiento jurídico español a través del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios, tanto de nueva construcción, como existentes. El real decreto entro en vigor el día 14 de abril de 2013.
Este certificado, con una validez de diez años, evalúa la eficiencia energética del inmueble (edificio entero o parte del mismo), tanto en términos de consumo de energía como de emisiones de CO2.
Además de la información objetiva sobre sus características energéticas, el certificado deberá incluir recomendaciones para la mejora de la eficiencia energética del inmueble. El objetivo de la medida es fomentar el ahorro y la eficiencia, así como que el consumidor pueda valorar y comparar la repercusión del gasto en energía y emisiones de CO2 que va a tener dicho Edificio.
Por otro lado, este reglamento establece el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios, la obligación de exhibir la etiqueta de eficiencia energética en edificios y que las certificaciones de edificios pertenecientes y ocupados por las Administraciones públicas podrán realizarse por técnicos competentes de sus propios servicios técnicos.
En nuestro municipio nos encontramos con una realidad dispar, contamos con edificios, que entendemos que son relativamente eficientes; aunque desconocemos si cuentan con la certificación energética, puesto que no hemos visto que exhiban la etiqueta de eficiencia energética. Por todo esto, creemos que deberían establecer unos planes de actuación para que en un periodo relativamente corto, todos los edificios municipales obligados a ello, cuenten con la calificación energética pertinente y exhiban la etiqueta correspondiente, lo que permitirá cumplir con las exigencias legales.
Somos plenamente conscientes que tenemos una importante labor por hacer, sin ir más lejos, el propio edificio del ayuntamiento tiene importantes deficiencias que deberían ser subsanadas. Por otra parte, las administraciones debemos dar ejemplo con nuestras actuaciones.
El objetivo que persigue el Grupo Popular con este análisis, no es sólo disponer de la certificación energética de cada uno de los edificios, si no que tiene por objeto detectar el estado de nuestros edificios desde el punto de vista de la eficiencia energética y conocer los sistemas de apoyo, para convertirlos mediante actuaciones futuras en edificios más eficientes, consiguiendo un menor impacto medio ambiental y reduciendo los costes, “Ahorro” asociados al consumo energético.
Para evitar el derroche de los recursos públicos consideramos muy importante que se analice la relación Coste – Beneficio, a la hora de establecer los planes de actuación y la calificación energética que se persigue mediante estas actuaciones.
En base a la situación real de nuestros edificios públicos, hemos solicitado ante el Pleno al Equipo de Gobierno, que tome en consideración las exigencias normativas, se realice la certificación de la eficiencia energética de cada uno de los edificios municipales obligados a ello, tanto de los nuevos como de los antiguos. Como resultado obtendremos las etiquetas de eficiencia energética que serán públicas en lugar visible.
A la vista de los resultados que se obtengan, deben de establecerse planes de actuación y los proyectos necesarios para conseguir que todos los edificios municipales gocen de una calificación energética. Con este fin, para cada edificio se incluirá un informe donde se establezca la relación coste beneficio que justifique esa actuación.
Las certificaciones, estudios, propuestas y proyectos de actuación deberán ser realizados por los técnicos del Departamento de Urbanismo del Ayuntamiento de Astorga, según la disposición adicional primera del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril.
Joaquín Jarrín García
Concejal Grupo Popular