CASTILLA Y LEÓN

Sanidad estudia vincular las nuevas ayudas por desplazamiento a menores, discapacitados y dependientes

También se ligarían a la renta. La Consejería trabaja para que la nueva orden vea la luz a lo largo del primer trimestre de 2016

S. Calleja La Consejería de Sanidad trabaja a ritmo de locomotora para que la nueva orden de ayudas por desplazamiento, manutención y alojamiento por derivaciones asistenciales vea la luz a lo largo del primer trimestre de este 2016, y todo indica que estarán vinculadas a menores, personas con discapacidad y personas en situación de dependencia. También, que continuarán ligadas a niveles de renta, según avanzaron a Ical fuentes de este departamento.

En todo momento, se mantendrá el criterio de que se trata de una ayuda y no una prestación, y se baraja la posibilidad de fijar un tope de renta, de modo que por encima de éste no se concedan. Esto permitiría mejorar las ayudas destinadas a estos grupos y, además, concentrar en los niveles de rentas más bajos a unas ayudas que cuentan con un presupuesto cercano a los cuatro millones de euros para este ejercicio.

El consejero de Sanidad, Antonio María Sáez Aguado, anunció después el verano su decisión de cambiar esta orden después de que el procurador de Izquierda Unidad, José Sarrión, reclamara que se revisara la norma tras casos como el de la familia de Aimar, un niño de 13 años con un 99 por ciento de discapacidad que reside en Tordesillas (Valladolid) y cuya madre denunció que estaba recibiendo 13 euros de ayuda por llevar una vez a la semana a su hijo a la consulta de un neumólogo infantil en el Complejo Asistencial de Salamanca.

Baremo

La orden en vigor, que se modificó en abril de 2013, garantiza las ayudas por desplazamiento, manutención y alojamiento a todos los usuarios que se desplacen con fines asistenciales y que dispongan de rentas bajas, y regula su concesión de manera proporcional –en función de los ingresos- al resto de pacientes. En concreto, reciben el cien por cien de esta subvención los perceptores de rentas de integración social, los que perciben pensiones no contributivas, los parados que han perdido el derecho al subsidio por desempleo y las personas con discapacidad en los supuestos previstos en su normativa.

Por el contrario, están exentos de las ayudas los pacientes con rentas iguales o superiores a 100.000 euros, y para el resto de grupos de beneficiarios se fijó una aportación de 25 euros mensuales que no son objeto de subvención. A partir de dicha cantidad la concesión de la ayuda es proporcional al nivel de renta, conforme a los siguientes módulos: para los pensionistas -con excepción de los que tengan rentas iguales o superiores a 100.000 euros- es un 90 por ciento del importe de ayuda; los asegurados activos y sus beneficiarios cuyas rentas sean inferiores a 18.000 euros, un 60 por ciento; y para los asegurados activos y sus beneficiarios cuyas rentas sean igual o superior a 18.000 euros e inferior a 100.000, un 50 por ciento del importe.

El cálculo del importe es mensual, de manera que se aplican estos porcentajes una vez descontados los 25 euros sobre la cantidad que se subvenciona. Para el cálculo del importe mensual que se concede a cada paciente y, en su caso, al acompañante, los conceptos que se tiene en cuenta son: 0,07 céntimos por kilómetro por desplazamiento; cinco euros al día en concepto de manutención y 18 euros por alojamiento.

 

Print Friendly, PDF & Email