El Comandante Militar de León, el general de brigada Vicente Torres Vázquez, acompañado por el Jefe del Regimiento de Artillería Lanzacohetes núm. 63, el coronel Francisco Fernando Barrio Garcia, se ha reunido en el día de hoy con el alcalde de Astorga, Juan Jose Alonso Perandones, en el Ayuntamiento de la ciudad de Astorga para concretar los puntos a desarrollar en la organización de la jura de bandera para personal civil que tendrá lugar en la ciudad el próximo 8 de octubre en la plaza Mayor, a las 12 horas.
Una vez aprobado por ambas autoridades el cartel publicitario, se procederá a la distribución entre los distintos establecimientos de la ciudad y pueblos y ciudades próximos. Asimismo, se ha acordado que el Ayuntamiento de Astorga convocará a los medios de comunicación social en fechas próximas para informar en concreto sobre los detalles de ejecución del acto solemne de Jura de Bandera para personal civil a principios de septiembre, asistiendo el Coronel Jefe del Regimiento de Artillería Lanzacohetes nº 63.
El plazo de inscripción ya está abierto, pudiendo solicitar la inscripción en la página web del Ministerio de Defensa: https://www.defensa.gob.es//defensa_yo/juras-bandera/listado/2022/0810-jura-bandera-astorga.html
La jura o promesa de Bandera para la población civil es un acto militar solemne, cuyo objetivo es mostrar la fidelidad y lealtad a la nación española a través de su mayor símbolo: la bandera.
Pueden participar todas aquellas personas con nacionalidad española, hombres y mujeres, mayores de dieciocho (18) años que, además cumplan los siguientes requisitos:
– No haber sido declarado incapaz por sentencia judicial firme.
– De haber jurado o prometido Bandera anteriormente deberá mediar un lapso de tiempo de, al menos, veinticinco (25) años entre el juramento o promesa inicial y su renovación.
La legislación aplicable está reflejada en la Orden DEF/1445/2004, de fecha 16 de mayo, por la que se establece el procedimiento para que los españoles puedan solicitar el juramento o promesa ante la Bandera de España y en la posterior Orden DEF/8/2017, de 09 febrero, que modifica la anterior.