La Consejería de Economía y Hacienda publica hoy en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) la orden de ejecución de la sentencia emitida en septiembre de 2013 por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) que estimaba las pretensiones de la organización SEO/BirdLife y declaraba la nulidad de la autorización administrativa del parque eólico ‘Peña del Gato’, el más grande de la provincia leonesa, ubicado en montes pertenecientes a los municipios de Villagatón-Brañuelas, Igüeña y Torre del Bierzo.
El TSJCyL entendió en su día que en su Declaración de Impacto Ambiental (DIA) no se valoró la existencia de ejemplares de urogallo cantábrico, en la que es la colonia más meridional del mundo. En este sentido, el Tribunal señaló en su sentencia, cuyo cumplimiento se determina ahora, que tampoco se tuvo en consideración el papel de corredor ecológico para la especie que supone toda la zona de implantación del proyecto, al tiempo que ha criticado de forma severa que se ignorasen los informes emitidos por los técnicos de la Administración en los que se reconocía la presencia de la especie y la importancia de estos terrenos para su supervivencia.
Hace justo un año la consejera de Economía y Hacienda, Pilar del Olmo, anunció que su departamento preguntaría al Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) sobre la posibilidad de subsanar el defecto de actividad que pesaba sobre el parque eólico ‘Peña del Gato’, después de que el Tribunal Supremo desestimase íntegramente los recursos de casación presentados por la Junta y la empresa Energías Renovables del Alto Ulla S.A.U. frente a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) de 30 de septiembre de 2013, por la que se anulaba la autorización de este parque eólico, el más grande de la provincia de León. Cuando se emitió aquella sentencia, Seo/Birdlife anunció su intención de solicitar “de forma inmediata” a la Junta la paralización del funcionamiento de este parque eólico.
El anuncio publicado hoy en el Bocyl resuelve “llevar a puro y debido efecto la sentencia de fecha 30 de septiembre de 2013 dictada por la sección primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, y en consideración a la misma disponer la retrotracción del procedimiento administrativo relativo al parque eólico Peña del Gato ubicado en los términos municipales de Igüeña, Villagatón y Torre del Bierzo, en la provincia de León, al momento de presentación del estudio de impacto ambiental completo ante el órgano sustantivo competente (Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de León)”. Todo, añade, sin perjuicio de que el promotor pueda solicitar que el órgano ambiental elabore el documento de alcance de conformidad con lo dispuesto Ley de Evaluación Ambiental.