La propiedad o el Ayuntamiento deberán presentar a Patrimonio un proyecto de derribo de la casa de La Brecha para poder tirarla

'Adriel Patrimonial', que quebró hace tiempo, también podría optar por rehabilitar total o parcialmente el inmueble, catalagado como protegido, si bien no ha contestado de momento al Ayuntamiento. Hasta que lo haga o finalice el plazo legal que tiene para hacerlo no se podrá cerrar la declaración de ruina
Estado actual de la Casa de la familia Carro, en La Brecha de la muralla

Violeta R. Oria La Comisión de Patrimonio se ha dado por enterada de la apertura del proceso de declaración de ruina de la casa de La Brecha -que se incendió este verano- iniciado por el Ayuntamiento de Astorga, según ha informado hoy en un comunicado  ante las noticias aparecidas a raíz de unas declaraciones de la alcaldesa que apuntaban a un supuesto retraso por parte del órgano.

Lo cierto es que el expediente  fue tratado en la reunión mensual de la comisión, a finales octubre, y ya estaba enviada la correspondiente contestación al Consistorio, cuya llegada se prevé para hoy o mañana. Además, la comisión no tiene que aprobar formalmente este expediente, si bien el Ayuntamiento está obligado a comunicárselo, al igual que al resto de las partes interesadas, como lo es la propiedad,  por si entiende que debe personarse en el mismo al tener las competencias en Patrimonio. Quien no ha respondido es la propiedad, ‘Adriel Patrimonial’, una empresa constructora que quebró hace tiempo.

La propiedad es quien, según la Ley, debe en primera instancia decidir qué quiere hacer con el inmueble, sobre el que mantiene unos derechos y que además está catalogado como un bien protegido. ‘Adriel Patrimonial’ tiene por lo tanto dos opciones, la demolición o la rehabilitación total o parcial, para lo que deberá presentar un proyecto que en este caso sí deberá ser autorizado por la Comisión de Patrimonio.

Dado que se trata de una empresa que supuestamente ya no tiene interés en la casa, la cual compró con su parcela circundante para construir unos chalés adosados que finalmente no se levantaron por la mencionada quiebra, la opción que más peso tiene es el derribo. Además, la rehabilitación del inmueble parece una opción complicada dado su estado de colapso y tendría que seguir unos criterios muy estrictos en cuanto a materiales y reconstrucción por su nivel de protección.

No obstante, hasta que la propiedad conteste o finalice el plazo legal que tiene para hacerlo, el expediente de ruina no podrá ser cerrado por el Ayuntamiento. Una vez que esto suceda, deberá ser la propiedad  o en su caso el Ayuntamiento de manera subsidiaria quien redacte un proyecto de demolición y se lo presente a Patrimonio para que lo autorice y se pueda proceder a su ejecución.