El pasado 8 de junio, el presidente Carles Puigdemont anunció la fecha (1 de octubre de 2017) y la pregunta (“¿Quiere que Cataluña sea un estado independiente en forma de república?”) del referéndum de autodeterminación unilateral de Cataluña. Prácticamente un mes después, el 4 de julio, en dos actos de carácter informal, se hizo la presentación de la proposición de “Ley de Referéndum de Autodeterminación”.
En esta proposición de ley, se intenta fundamentar torticeramente (sin conseguirlo) el referéndum ilegal (cf. preámbulo); y, por otro lado, regular cómo se llevará a cabo, aunque sin concretar nada (cf. articulado). En efecto, quedan en el aire los aspectos fundamentales de la operativa del mismo: el censo, las urnas, las papeletas, los centros de votación, la Junta Electoral, la convocatoria, etc. Y, sin esto, lo anunciado es un brindis al sol, dicen los de la casta política constitucionalista y sus desprestigiados “voceros”, los “tertulianos-todólogos”.
El anuncio del referéndum y la presentación de la proposición de ley constituyen toda una provocación y conducen a los detentadores del poder en Cataluña hacia el camino de la prevaricación, al planificar actos (referéndum) y al elaborar proyectos de ley contrarios a la legalidad vigente. Con estas iniciativas, los nacionalistas-independentistas catalanes se han echado nuevamente al monte y van a intentar pasarse por el arco del triunfo la legalidad vigente y el juramento-promesa de “guardar y hacer guardar las leyes”, al que están atados y obligados.
Ante estas provocaciones, la Generalidad catalana está convencida de que el Gobierno de España no actuará ni contra el anuncio del referéndum ni contra el proyecto de ley, porque no figuran en ningún documento oficial. El portavoz del Gobierno de España, I. Médez de Vigo, le da la razón al declarar que el Gobierno de España sólo tomará medidas cuando el Gobierno catalán “pase del anuncio a los hechos”. Por su parte, la Vicepresidenta del Gobierno, S. Sáenz de Santamaría, ha manifestado que el Estado sólo recurrirá “la ley del referéndum de secesión, cuando sea aprobada por el Parlament”. Y de la misma opinión es el Fiscal General de Estado, J. M. Maza, que ha precisado que las “meras opiniones” y los “deseos” no son suficientes para que el ministerio público presente una denuncia. En conclusión, todos coinciden en la necesidad de esperar a que las palabras del anuncio y del proyecto de ley de referéndum se transmuten en hechos, en actos tangibles.
Ante estos puntos de vista convergentes tanto de los que pretenden burlar la aplicación de la legalidad vigente como de aquellos que están obligados a hacerla cumplir y que están en “stand by”, quiero terciar en el asunto desde esa rama de la lingüística llamada “pragmática”. Así nos alejaremos de la lógica leguleya (la letra de la ley), causa de muchas aberraciones e injusticias, y analizaremos lo que significa el hablar y/o el escribir de la Generalidad de Cataluña (el espíritu de la palabra o de la ley), desde el punto de vista de esta rama de la lingüística.
Hablar y/o escribir no se pueden hacer a la ligera ya que, como escribió Horacio, “la palabra dicha [o escrita] no vuelve atrás”. Lo dicho, dicho está. Y a lo hecho, pecho. Por otro lado, según J.L. Austin, el padre de la “pragmática” y de la “teoría de los actos de habla”, (cf. How to do things with words, 1962), cuando hablamos o escribimos no sólo hacemos algo: hablamos o escribimos. En realidad, realizamos simultáneamente tres actos diferentes: un “acto locutivo” (es el acto de producir un mensaje, hablando o escribiendo); un “acto ilocutivo” (que es aquello que hacemos al hablar o escribir: por ejemplo, podemos hacer una pregunta o una promesa, dar una orden o amenazar o protestar o insultar, etc.); y un “acto perlocutivo” (nuestro “hacer verbal” produce un efecto, un resultado en el interlocutor). Por eso, desde la “pragmática” se afirma que “decir” es siempre hacer algo o, mejor dicho, realizar los tres actos diferentes y complementarios precitados.
Sólo dos ejemplos para ilustrar la teoría de Austin. Si le digo a alguien “Friega los platos”, al pronunciar esta frase realizo un acto verbal (acto de locución); además, doy una orden a alguien (acto ilocutivo); y, finalmente, la orden que doy puede provocar el efecto (querido o no) de irritar o contrariar a mi interlocutor (acto perlocutivo). Consideremos, ahora, el anuncio de la fecha y de la pregunta del pasado 8 de junio por parte de Puigdemont. Con su anuncio, el Presidente de la Generalidad profirió un mensaje lingüístico (acto de locución); al hacerlo, el Presidente realizó también una aserción, i.e. informó sobre la fecha y la pregunta del referéndum (acto ilocutivo); y, como consecuencia de esto, Puigdemont reconfortó a los independentistas e irritó a muchos ciudadanos, al amenazar la legalidad vigente, al desafiar a los poderes constituidos, al mancillar los principios sobre los que descansa la democracia, etc. (acto perlocutivo).
Hechas estas precisiones, uno no puede estar de acuerdo con las actitudes y las respuestas dadas por los poderes constituidos del Estado (Gobierno de España y Fiscalía) a los actos de desafío y de provocación de los independentistas. El anuncio del referéndum y la presentación del proyecto de ley por la Generalidad son auténticos actos o hechos y no, como dice el Gobierno de España, “parole, parole, soltando parole”. Además, representan, una vez más, un desprecio y una amenaza, en toda regla, a la legalidad vigente.
El comportamiento de los independentistas y de los sucesivos Gobiernos de España, desde el inicio de la Transición (1975), me ha traído a las mientes una fábula de Esopo, “La liebre y la tortuga”. Ante las burlas y la prepotencia de una liebre, una tortuga la reta a una carrera. Fijan día y lugar. A la hora prevista, inician la carrera. La liebre, burlona y prepotente, le dio ventaja a la tortuga, tumbándose a la sombra de un árbol, donde se quedó dormida. Mientras tanto, pasito a pasito y sin detenerse, la tortuga siguió su camino. Cuando la liebre se despertó, la tortuga ya había llegado a la meta y había ganado la carrera. Moraleja: no hay que ningunear ni despreciar al rival; además, la pereza, la inacción y el exceso de confianza pueden hacer que no alcancemos nuestros objetivos y metas.
Esta fábula refleja muy bien las relaciones entre los independentistas catalanes (la tortuga) y los sucesivos Gobiernos de España (la liebre). Desde el inicio de la Transición (1975), los independentistas catalanes —con disfraz o sin él— han estado chantajeando al Estado y arañando competencias y más competencias, han ido ganando terreno y han ido recorriendo —pasito a pasito, despacio, pero sin pausa— el camino que les va a llevar al 1 de octubre, día del referéndum unilateral e ilegal. Mientras tanto, los Gobiernos de España, al que asiste la legalidad vigente, han estado y están tumbados a la bartola, indolentes, impasibles y seguros de su superioridad, pero siempre dejándose chantajear y con miedo de agarrar por los cuernos a este morlaco. Moraleja: o el Gobierno de España se pone las pilas y considera que tanto el anuncio de la fecha y de la pregunta del referéndum como la presentación del proyecto de ley de referéndum son auténticos actos (desafío, desprecio, desacato, amenaza, etc.), que hay que combatir con la ley en la mano, o podemos esperarnos lo peor en las próximas semanas o meses. Lo que acabo de afirmar desde la pragmática es también el punto de vista de más de un catedrático constitucionalista, para los que el anuncio y el proyecto de ley de referéndum son actos y deben ser atajados.
En la coyuntura actual, el Gobierno de España (los detentadores del poder y del deber de cumplir y de hacer cumplir las leyes) se está comportando como la liebre de la fábula de Esopo: está remoloneando, sesteando, impasible ante el desafío nacionalista que, por cierto, viene de muy lejos. La reacción en el último minuto puede no ser tampoco eficaz ni suficiente (cf. fábula de Esopo) y puede crear grandes y peligrosas rupturas y frustraciones. Además, con esta actitud, el Gobierno de España está propiciando que la ancestral “ley de la fuerza” vuelva por sus fueros para sustituir a la “fuerza de la ley” (i.e. la fuerza de la palabra). Si esto se llega a producir, ¡que el Señor nos coja “confesaos”.
© Manuel I. Cabezas González