La Junta levanta la prohibición de fumar en las terrazas y otras medidas contra el COVID

El acuerdo no supone cambios, en cuanto a lo que está regulado por la normativa estatal como el uso obligatorio de la mascarilla en centros, servicios y establecimientos sanitarios

La Junta de Castilla y León deja sin efecto la prohibición de consumo de tabaco en la vía y otras medidas vinculadas con la pandemia del COVID-19. Esta decisión se adopta debido a la evolución de los contagios y la ocupación hospitalaria, según informó el consejero de Economía y Hacienda y portavoz de la Junta, Carlos Fernández Carriedo, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, quien precisó que siguen vigentes las de carácter nacional, como la referida al uso de la mascarilla en los transportes, centros sanitarios y sociosanitarios.

En concreto, la Junta acordó modificar el Acuerdo 100/2021, de 16 de septiembre del año pasado, que declaraba la situación de riesgo controlado por la pandemia de la COVID-19 en la Comunidad e incluía una serie de medidas mínimas para la prevención y el control de la enfermedad en el territorio castellano y leonés; también en el 14/2020, de 26 de marzo, referido al interés público del desarrollo de un segundo trabajo sanitario y sociosanitario.

Este acuerdo se justifica por la situación epidemiológica y sanitaria actual de la Comunidad donde la presión en las unidades de críticos ha disminuido considerablemente, con unas cifras de casos graves y fallecimientos muy inferiores a las anteriores a la hegemonía de la variante ómicron, así como a la disponibilidad de vacunas. En este momento, Castilla y León cuenta con ocho pacientes en la UCI, de los que el 63 por ciento se debe al coronavirus y el resto presenta la enfermedad además de otras patologías. También se alcanza la cifra de 165 hospitalizaciones vinculadas con el COVID.

De esta forma se eliminan las prohibiciones en lo referido al consumo de tabaco y productos relacionados en vía pública y espacios al aire libre; las medidas generales de higiene y prevención como higienización de puestos de trabajo compartidos y desinfección ropa de trabajo; las que se ocupaban con carácter general, del control de aforos y, de entrada, salida, circulación y presencia de público espectador o asistente a establecimientos deportivos, las medidas específicas en centros educativos y las específicas referidas al transporte terrestre.

También queda sin efecto el Acuerdo 14/2020 de 26 de marzo. La modificación aprobada supone que vuelva a ser incompatible el desempeño de puestos y actividades entre los ámbitos sanitario y sociosanitario de los centros de carácter público.

La entrada en vigor de este nuevo acuerdo autonómico no supone cambios, en cuanto a lo que está regulado por la normativa estatal, en lo referido al uso obligatorio de la mascarilla en centros, servicios y establecimientos sanitarios; también permanece en centros sociosanitarios tanto para trabajadores como visitantes, cuando estén en zonas compartidas; y asimismo se mantiene la obligación de portar cubrebocas en el transporte público de viajeros, tal y como se establece para el conjunto nacional.

La misma continuidad se mantiene en otros ámbitos tales como medidas específicas aplicables a residencias de mayores y personas con discapacidad, para lo que se remite a la ‘Guía de actuaciones para residencias y centros públicos y privados de personas mayores y de personas con discapacidad durante la situación de crisis sanitaria por la COVID-19 en Castilla y León’.

También y en aplicación de lo acordado por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud para el todo el territorio nacional, continúa la organización de accesos, sectorialización y movimiento de asistentes, consumo de bebida y comida, así como de tabaco y productos relacionados que está prevista en eventos deportivos multitudinarios.

En el ámbito asistencial sanitario, se mantienen vigentes las medidas organizativas de prevención e higiene necesarias tanto para los profesionales como para pacientes y las referidas a la adecuada gestión de residuos.

El nuevo acuerdo autonómico mantiene la opción, prevista para el titular de la Consejería de Sanidad, ya sea de oficio o a instancia del organismo competente en cada materia, de proponer a la Junta de Castilla y León, a la vista de la evolución epidemiológica, la adopción de todas aquellas medidas adicionales o complementarias que se consideren necesarias.

Tampoco decae en la nueva norma las cuestiones sobre el seguimiento y control de las actuaciones vigentes en el marco del Plan Territorial de Protección Civil de Castilla y León y la necesaria cooperación y colaboración de Delegación de Gobierno y ayuntamientos a través de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y policías locales.

Críticas AECC

Respecto a las críticas de la Asociación Española contra el Cáncer (AECC) sobre que se permita fumar en determinados espacios, tras el paso de la pandemia, Fernández Carriedo, abogó por la “recomendación” que hacen todas las autoridades sanitarias y señaló que en el ámbito de la salud pública se debería debatir otro tipo de medidas sobre el consumo de tabaco, más allá de la regulación establecida con motivo del COVID.

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