La Diputación de León destina 715.000 euros al Plan de Ocupabilidad en Inserción Laboral para piscinas y playas fluviales

Los beneficiarios serán ayuntamientos y juntas vecinales con una población inferior a los 20.000 habitantes que contraten personal durante este verano

La Diputación de León aprobó hoy las bases por las que se regirá el Plan de Ocupabilidad e Inserción Laboral que está destinado a subvencionar la contratación de personal en las piscinas municipales y playas fluviales autorizadas para el baño y abiertas al público en el periodo estival. Para estas subvenciones, la institución provincial destinará un total de 715.000 euros, de los que 679.725 serán para los ayuntamientos con menos de 20.000 habitantes y 35.775 euros para las juntas vecinales.

Para la puesta en marcha del Plan, la Diputación colabora con la Junta de Castilla y León a través de un convenio de colaboración con el que se pretende impulsar las políticas activas de empleo para la contratación de trabajadores desempleados e inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo de la Comunidad.

Las ayudas irán destinadas a sufragar los contratos que se realicen entre el 1 de junio y el 30 de septiembre, que no podrán ser superiores a tres meses ni inferiores a dos, y que serán preferentemente a jornada completa. Los contratos a media jornada no podrán ser inferiores al 50 por ciento de la jornada legal. La cantidad máxima subvencionada por trabajador al día es de 77,01 euros para contrataciones a jornada completa o la parte proporcional al número de horas contratadas

Se trata de una asignación fija de 7.155 euros por cada piscina municipal, así como por cada playa fluvial y la preselección de los trabajadores la realizará la Oficina de Empleo correspondiente, mediante la presentación de la oferta de empleo. Se enviarán, al menos, tres candidatos por puesto de trabajo ofertado.

La selección final de los trabajadores la realizará el ayuntamiento o la junta vecinal, atendiendo a criterios objetivos de selección y de publicidad, como mínimo mediante publicación de un anuncio en el tablón de anuncios de la sede electrónica, o en el tablón de anuncios físico en el caso de no disponer de sede electrónica.

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