ECONOMÍA

La Agencia Tributaria espera devolver 10.686 millones de euros en la Campaña del IRPF 2019

Se inicia hoy y finalizará el 30 de junio, con la estimación de que el 88% presente sus declaraciones por internet
Campaña de Renta 2018

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) estima que devolverá un total de 10.686 millones de euros en la Campaña de la Renta 2019, que comienza este miércoles, al abrirse el plazo para la presentación de declaraciones de forma ‘online’ a través de la aplicación móvil o de la web de la Agencia. Esta cantidad supone un 4,5 por ciento más a devolver respecto a los 10.014 millones de la campaña 2017.

Según indicó la AEAT, sus estimaciones apuntan a que se presentarán un total de 21,03 millones de declaraciones, un 1,6 por ciento más respecto a las presentadas en la campaña anterior.

De ese total, la Agencia Tributaria prevé que 14.565.000 den derecho a devolución, casi el 70 por ciento  del total y un 0,5 por ciento  más que el año anterior, por un importe estimado de 10.686 millones de euros. En lo que respecta a las declaraciones a ingresar, la AEAT estima que serán cerca de 5,51 millones de declaraciones, un 3,1 por ciento más que en la Campaña de la Renta 2018, y por un importe de 12.789 millones de euros.

Sobre el contexto actual de emergencia sanitaria, la AEAT destacó que “teniendo en cuenta que el 88  por ciento  de los contribuyentes presenta sus declaraciones por internet, se ha considerado especialmente importante mantener las fechas de inicio de campaña previstas, de manera que los contribuyentes puedan ir recibiendo cuanto antes sus devoluciones”.

Inicio de devoluciones, 3 de abril

De esta forma, la campaña comenzará hoy, 1 de abril, y las devoluciones se iniciarán dos días después, el 3 de abril, mientras que aquellos a quienes su declaración les salga a pagar podrán hacerlo hasta el final de la campaña, que será el 30 de junio. El plazo en las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria concluirá el 25 de junio.

En cuanto al resto de formas de presentación de la declaración, el inicio de la atención presencial en las oficinas de la AEAT está previsto para el 13 de mayo, mientras que el servicio de ayuda telefónica ‘Le llamamos’ permitirá que las primeras declaraciones por vía telefónica se realicen a partir del 7 de mayo, retrasando su puesta en marcha respecto a años anteriores por la situación extraordinaria provocada por el estado de alarma y la pandemia de Covid-19.

El cauce de petición previa, por internet y teléfono, se abrirá dos días antes, el 5 de mayo, y se mantendrá el resto de la campaña. Según explicó la Agencia, “precisamente las circunstancias actuales han llevado a la decisión de no mantener este año la posibilidad de que el contribuyente solicite un día y franja horaria concreta para recibir la llamada de la Agencia, sino que solicitará ser atendido telefónicamente para la confección de su declaración, y la AEAT le llamará en cuanto sea posible, reintentando la llamada en sucesivas ocasiones o días siguientes, si el contribuyente no está disponible”.

La Agencia Tributaria resaltó que para este año se han realizado nuevas mejoras en la aplicación móvil de la Agencia “para seguir reforzando su accesibilidad, usabilidad y experiencia de usuario”, y que ha simplificado el sistema de identificación, “de manera que se guiará al contribuyente, según sus preferencias y necesidades, resultando más cómodo el acceso a los servicios de la campaña”.

Antes del inicio de la campaña, los contribuyentes han contado con carácter anticipado, desde el pasado 23 de marzo, con los principales servicios de asistencia, como la descarga y visualización de los datos fiscales, de forma que más de 610.000 contribuyentes han accedido ya a sus datos fiscales y más de 811.000 han obtenido el número de referencia para la gestión y presentación de su declaración.

Exentos rentas inferiores a 22.000 euros

En términos generales, no estarán obligados a presentar la declaración los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales.

Sin embargo, este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), o también cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, el límite es de 14.000 euros anuales.

En la presente campaña se mantiene la obligación de declarar el Impuesto sobre el Patrimonio para los contribuyentes con cuota a ingresar (tras aplicar las correspondientes deducciones y bonificaciones) y también para aquellos sin cuota a ingresar, pero que cuenten con bienes y derechos con un valor superior a los dos millones de euros.

En este tributo, la declaración se presenta por vía electrónica a través de Internet y, por norma estatal, el mínimo exento se sitúa en los 700.000 euros y la vivienda habitual está exenta también hasta los 300.000 euros, aunque ambos límites pueden variar según la comunidad autónoma.

Print Friendly, PDF & Email