Como consecuencia de la declaración del primer estado de alarma y dada la imposibilidad de prestar el servicio de bono anual de la piscina, se ha acordado un sistema de compensación para los usuarios que no pudieron disfrutar del servicio, contemplándose tres modalidades diferentes según el caso:
– Para aquellos bonos anuales que estuvieran en vigor entre el 13 de marzo y el 10 de junio de 2020 y no haya finalizado aun su vigencia, se activará en los mismos una ampliación por un periodo equivalente a los días de los que no se hubiera podido disfrutar del servicio.
– Para aquellos bonos anuales que estuvieran en vigor entre el 13 de marzo y el 10 de junio de 2020 y no lo estén al día de hoy, a partir del día 3 de noviembre se activará en los mismos su vigencia por un periodo equivalente a los días de los que no se hubiera podido disfrutar del servicio.
– Para aquellos usuarios de bonos anuales que estuvieran en vigor entre el 13 de marzo y el 10 de junio de 2020 y habiendo finalizado su vigencia hayan activado otro bono anual antes de haberse dictado esta resolución, a partir del día de finalización de su actual bono, se activará en los mismos su vigencia por un periodo equivalente a los días de los que no se hubiera podido disfrutar del servicio en el bono anterior.