Benavides de Órbigo elabora un programa de selección para el alquiler social de dos viviendas de titularidad
municipal recientemente rehabilitadas por un lado con aportación de fondos propios del municipio, y por otro con aportación de la Junta de castilla y León, dentro del programa Rehabitaré, según publica este viernes el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
Las dos viviendas, ubicadas en la calle Manuel Núñez Pérez, podrán ser ocupadas por personas que reúnan las características solicitadas por el ayuntamiento. El consistorio pide estar empadronado y ser residente en el municipio de Benavides con una antigüedad mínima de 5 años, a contar hasta la fecha de solicitud y de forma consecutiva, ser mayor de 25 años o menor con cargas familiares, tener una renta mínima por unidad familiar del 70% del IPREM de 2018.
“No podrán acceder a la selección los propietarios de una vivienda que constituya su residencia habitual, y que se encuentre en óptimas condiciones de habitabilidad y accesibilidad”, explica el BOP este viernes. Las solicitudes se realizarán en el registro municipal en el plazo de 15 días hábiles a partir de este sábado y podrán encontrarse las bases en la página web municipal.
Tendrán preferencia para ser destinatarios del alquiler del inmueble, los colectivos de especial protección que figuran en el artículo 5 de la Ley 9/2010, de 30 de agosto, del Derecho a la vivienda de la comunidad de castilla y León, en la redacción dada por la Ley 10/2013, de 16 de diciembre, y que se describen en el anexo que deben cumplimentar los solicitantes.
Ambos inmuebles deben destinarse a domicilio habitual y permanente del adjudicatario, no pudiendo en caso alguno subarrendar ni parte ni la totalidad de la vivienda. Si el adjudicatario tiene una renta anual comprendida entre el 70% del IPREM (4.517,86 €) y el IPREM para 2018 (6.454,08 €), el importe del alquiler será de 125 € mensuales. Si la renta está comprendida entre 6.454,08 € y 1,5 veces el IPREM será de 150 € mensuales. Para las rentas superiores a 1,5 veces el IPREM, siempre y cuando no superen dos veces dicho índice será de 175 € mensuales. Para las rentas superiores a dicha cuantía será de 200 € mensuales.
Serán a cargo del arrendatario todos los impuestos y gastos que se deriven de los servicios o suministros con los que cuente la vivienda (luz, agua, alcantarillado, teléfono, tasa de recogida de basura y cualquier otro semejante). La duración del contrato de arrendamiento será de un año. Llegado el día de vencimiento del
contrato este se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales, hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de tres años, salvo que el arrendatario manifieste al ayuntamiento, con treinta días de antelación, como mínimo, a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de sus prórrogas, su voluntad de no renovarlo.