TRIBUNALES

El astorgano Aitor Cuervo Taboada, condenado a un año y seis meses de cárcel por un delito de enaltecimiento del terrorismo

Publicó entre 2011 y abril de 2014 una intensa cantidad de mensajes, vídeos o imágenes con un contenido "claramente ensalzador" de los GRAPO o ETA y de "menosprecio a víctimas", como el concejal del PP de Ermua Miguel Ángel Blanco, dice la sentencia
Aitor Cuervo Taboada, a la derecha, en una foto publicada en su blog

La Audiencia Nacional ha condenado a un año y seis meses de prisión al astorgano Aitor Cuervo Taboada por un delito de enaltecimiento del terrorismo. El acusado aseguró en el juicio celebrado en su contra hace unos días que no sentía “pena” por el concejal del PP de Ermua (Vizcaya) Miguel Ángel Blanco, que fue secuestrado y asesinado a tiros por la banda terrorista en julio de 1997, porque para él “es un desconocido y no he tenido el placer de conocerlo”.

Cuervo, que dice ser poeta, publicó entre 2011 y abril de 2014 una intensa cantidad de mensajes, vídeos o imágenes con un contenido “claramente ensalzador” de los GRAPO o ETA y de “menosprecio a víctimas”, como el concejal del Partido Popular de Ermua Miguel Ángel Blanco, dice la sentencia hecha pública el pasado jueves. “A mi no me da pena alguna Miguel Ángel Blanco, me da pena la familia desahuciada por el banco”, aseguraba, entre otros comentarios.

“Tengo la botella de champán preparada para el día que se retome la lucha” o “si al final Aznar regresa de pleno a la política activa, espero que ETA lo haga también, para equilibrar la balanza”, son otro ejemplo de los mensajes que colgó en Twitter, según se puso de relieve en el juicio.

La resolución indica que este caso ilustra “la capacidad de difusión de mensajes inaceptables penalmente y frente a los que la política de prevención del crimen debe ir por delante”, indica la resolución.

Agrega que Cuervo mostró un comportamiento activo y que su actitud no está amparada por la libertad ideológica o de expresión. “Determinadas restricciones a estas libertades pueden ser no sólo legítimas sino hasta necesarias ante conductas que pueden incitar a la violencia”, dice la sentencia.

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